miércoles, 11 de noviembre de 2009

CONTRATO DE TRABAJO


CONCEPTO

Según el Código Sustantivo del Trabajo: “contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o persona jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario” (Art 22 C.S.T)

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

“Para que haya contrato de trabajo se requiere tres elementos esenciales:
Ø Actividad personal del trabajador.
Ø Subordinación del trabajador hacia el empleador.
Ø Salario como retribución del servicio” (Art 23 C.S.T)

DURACION DEL CONTRATO DE TRABAJO

“El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio” (Art 45 C.S.T)

TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO

“El contrato de trabajo termina:
1. Por muerte del trabajador.
2. Por mutuo consentimiento.
3. Por expiración del plazo fijo pactado.
4. Por terminación de la obra o labor contratada.
5. Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
6. Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de 120 días.
7. Por sentencia ejecutoriada.
8. Por decisión unilateral por parte del empleador o por parte del trabajador.
9. Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer la causa de suspensión del contrato. (Art 61 C.S.T)

INDEMNIZACION POR TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA

Cuando si justa causa el empleador da por terminado el contrato de trabajo a término indefinido, está obligado a pagar una indemnización de acuerdo con el tiempo laborado, así:
1. Menos de 1 año: 45 días de salario.
2. Más de un año y menos de 5: 45 días por el primer año y 15 días adicionales para cada año subsiguiente y proporcionalmente por fracción.
3. Más de 5 y menos de 10 años: 45 días por el primer año y 20 días adicionales por cada año subsiguiente y proporcionalmente por fracción.
4. De 10 o más años de servicio continuo: 45 días por el primer año y 40 días adicionales por cada año subsiguiente al primero y proporcionalmente por fracción (Art 64 C.S.T) (Ley 50, Art 6).

REGIMEN EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS



En la actualidad existen dos régimen a los cuales pueden acogerse los responsables del impuesto a las ventas, según cumplan los requisitos establecimientos para pertenecer a ellos:

REGIMEN SIMPLIFICADO


Al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presenten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones.
1. Que en el año anterior hubieren poseído un patrimonio bruto inferior a ochenta y cuatro millones ochocientos ochenta mil pesos(89.183.000)(valor año 2006) e ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a sesenta y tres millones seiscientos sesenta pesos(66.880.000)(año 2006).
2. Que tenga máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerce su actividad.
3. Que en el establecimiento de comercio, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
4. Que no sea usuario aduaneros.
5. Que no haya celebrado en el año inmediatamente anterior (2005) ni celebren en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual o superior a sesenta y tres millones seiscientos sesenta mil pesos (63.660.000), respectivamente. Cuando se superen estos montos deberá inscribirse previamente en el régimen común.
6. Que en el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de ochenta y cuatro millones ochocientos ochenta pesos (89.183.000)


OBLIGACIONES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO



1. Inscribirse en el registro único tributario como responsable del régimen simplificado.
2. Entregar copia del certificado del RUT en qué consiste su inscripción en el régimen simplificado, en la primera venta o prestación de servicios que realice a adquirientes no pertenecientes al régimen simplificado que así lo exijan.
3. Exhibir en lugar visible al público el documento en que consiste su inscripción en el RUT, como pertenecientes al régimen simplificado.
4. Cumplir con los sistemas técnicos de control que determine el gobierno nacional.
5. Llevar el libro fiscal de registros de operaciones diarias.

REGIMEN COMUN.

Los comerciantes, productores e importadores que no cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, deberán pertenecer al régimen simplificado, deberán acogerse al régimen común.

OBLIGACIONES DEL REGIMEN COMUN:

Los responsables del IVA del régimen común deben cumplir con las siguientes obligaciones.
1. Inscribirse en el RUT como responsables del impuesto a las ventas.
2. Llevar libros de contabilidad (cuando se trate de comerciantes).
3. Llevar registro auxiliar de las ventas y compras y una cuenta mayor y balances cuya denominación será IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR.
4. Facturar con el cumplimiento de todos los requisitos legales.
5. Recaudar el IVA.
6. Presentar la declaración bimestral dentro de los plazos establecidos y pagar.
7. Presentar la declaración de renta y complementarios anualmente.
8. Discriminar el impuesto de la factura.
9. Conservar información y pruebas.
10.Informar cese de actividades.
11.Efectuar la retención en la fuente por el IVA cuando se realice operaciones con el régimen simplificado.
12.Llevar registro auxiliar y cuenta corriente que se denominara IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS RETENIDO.
NOTA: Los responsables del régimen común se encuentran obligados a llevar contabilidad en debida forma, en caso de tratarse de comerciantes.


REGISTRO UNICO TRIBUTARIO (RUT)


¿QUE ES EL RUT?

Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administrativas y controladas por la DIAN.

¿QUE ES EL NIT?

El NIT es el número de identificación tributaria que asigna la DIAN por una sola vez cuando el obligado se inscribe en el RUT. La conformación del NIT es de competencia de la DIAN.

¿PARA QUE SIRVE EL RUT?

El RUT le permite ala DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable en todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos.

¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL RUT?

· Las personas y entidades que tenga la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta.
· Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio.
· Los responsables del impuesto sobre las ventas a los pertenecientes común o simplificado-
· Los agentes retenedores.
· Los importadores y exportadores.
· Las demás personas naturales o jurídicas que participen en las operaciones de importación exportación y transito aduanero.
· Los profesionales en compra y venta de divisas, y
· Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre ventas, que requieran la expedición del NIT, cuando por disposiciones especiales estén obligadas e expedir factura.

¿EN QUE MOMENTO DEBO INSCRIBIRME EN EL RUT?

Tratándose de nuevos obligados, la inscripción debra efectuarse en forma previa:
· Al inicio de la actividad económica
· Al cumplimiento de obligaciones administrativas por la DIAN.
· A la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.

CONTABILIDAD SISTEMATIZADA






DESCRIPCION E IMPORTANCIA.


A medida que crece un negocio, requiere manejar mayor información contable; el éxito de la administración radica en un adecuado manejo de la contabilidad, que proporcione una información exacta y oportuna. Actualmente existen recursos tecnológicos que permiten registrar y suministrar la información de manera muy rápida; eso recursos son el computador y los programas de contabilidad sistematizada.




PROGRAMAS DE CONATBILIDAD SISTEMATIZADA.


En la actualidad diversas empresas especializadas en el diseño, desarrollo y distribución de programas, producen excelentes paquetes contables, que ´permiten registrar con agilidad y seguridad los movimientos contables en multitud de actividades, utilizando metodologías que requieren un mínimo de esfuerzos para que el usuario las maneje.



PAUTAS PARA SELECCIONAR UN PROGRAMA DE CONTABILIDAD.


Cuando una empresa decide sistematizar su contabilidad, debe seleccionar un programa que posea en el más alto grado de las siguientes características.
a) Que haya sido diseñado por expertos en el campo contable y de computadores.
b) Que sea compatible con el equipo de computación que tenga la empresa.
c) Que sea comprensible y de fácil utilización, que sea entendible para cualquier persona que desee obtener información organizada.
d) Que permita, en cualquier momento consultar información parcial o total sobre datos, a una fecha determinada.
e) Que tenga un sistema de claves de seguridad, que permita reserva de la información.
f) Que sea flexible, es decir, que permita ampliaciones y cambios sin necesidad de modificar el programa en si.
g) Que la codificación del catalogo de cuentas también sea flexible, para la incorporación de nuevas cuentas auxiliares.
h) Que permita la imputación de cuentas y subcuentas, y la consulta por pantalla o por impresora de los saldos de ls cuentas, subcuentas y auxiliares.
i) Que este programado para hacer el balance por comprobante, de tal manera que impida continuar con el proceso mientras no exista igualdad entre débitos y créditos.

LIBROS DE CONTABILIDAD


Para llevar libros de contabilidad, de acuerdo con los ordenamientos y disposiciones del código de comercio y el decreto número 1798 del 6 de agosto de 1990 emanado del ministerio de hacienda y crédito público, se debe tener en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos.

Todo comerciante conformara su contabilidad, libros, registros contables, inventarios y estados financieros en general, a las disposiciones de este código y demás normas sobre las materias. Dichas normas podrán autorizar el uso del sistema que, como la microfilmación, faciliten la guardia de su archivo y correspondencia….ART. 48 C. de C.



CLASES DE LIBROS

Para los efectos legales, cuando se haga referencia a los libros de comercio, se entenderá por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares para el completo entendimiento de aquellos.

Se considera como libros obligatorios:
· El libro de inventarios y balance
· El libro diario
· El libro mayor
La clase de libros auxiliares que un comerciante puede necesitar, depende del tipo de empresa e información que maneje, entre ellos los más utilizados están:
· Auxiliar caja
· Auxiliar bancos
· Auxiliar de clientes
· Auxiliar de proveedores
· Auxiliar de gastos
· Auxiliar de ventas o comercio al por mayor y menor
· Auxiliar de mercancías.


PROHIBICIONES EN LOS LIBROS DE CONTABILIDAD

1. Alterar en los asientos, el orden o la fecha de las preparaciones a que estos se refieren.
2. Dejar espacios que faciliten intercalaciones o adiciones en el texto de los asientos o a continuación de los mismos.
3. Hacer intercalaciones, raspaduras o correcciones en los asientos, cualquier error u omisión de salvara con un nuevo asiento en la fecha en que se advirtiere.
4. Borrar o tachar en todo o en parte, los asientos, y
5. Arrancar hojas, alterar el orden de las mismas o mutilar los libros.

ESTADOS FINANCIEROS



Los estados financieros, cuya preparación y presentación es responsabilidad de los administradores del ente son el medio principal para suministrar información contable a quienes no tienen acceso a los registros de un ente económico. Mediante una tabulación formal de nombres y cantidades de dinero derivados de tales registros, reflejan, a una fecha de corte, la recopilación, clasificación y resumen final de los datos contables.

CLASES DE ESTADOS FINANCIEROS


Teniendo en cuanta las características de los usuarios a quienes van dirigidos, los estados financieros se dividen en:

1. ESTADOS FINCIEROS DE PROPOSITO GENERAL


Se preparan al cierre de un periodo para ser conocidos por usuarios indeterminados, con el ánimo principal de satisfacer el interés común del público en evaluar la capacidad de un ente económico. Se debe caracterizar por su concisión, claridad, neutralidad y fácil consulta.
Los estados financieros de básicos o de propósito general son:
v El balance general.
v El estado de resultados
v El estado de cambios en el patrimonio.
v El estado de cambios en la situación financiera.
v El estado de flujos de efectivo.

2. ESTADOS FINANCIEROS DE PROPOSITO ESPECIAL

Son aquellos que se preparan para satisfacer necesidades específicas de ciertos usuarios de la información contable.
Se caracterizan por no tener una circulación o uso limitado y por suministrar un mayor detalle de algunas partidas.
Los estados financieros de propósito especial son:
v El balance inicial.
v Los estados financieros intermedios.
v Los estados de costos
v Los estados de inventarios.
v Los estados financieros extraordinarios.
v Los estados de liquidación.

DIVERSOS TIPOS DE CONTABILIDAD



La contabilidad al adecuarse a las distintas necesidades de los usuarios y darles satisfacción adopta una serie de facetas de información o de contabilidad.
Dentro de estas diversas facetas tenemos:

1. CONTABILIDAD FINACIERA:

Su objetivo es presentar información financiera de propósito o usos genérales en beneficio de la gerencia de la empresa, sus dueños o socios y de aquellos lectores externos que se muestren interesados en conocer la situación financiera de la empresa.


2. CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA:

Orientada a los aspectos administrativos de la empresa y sus informes no trascenderán la compañía, o sea, su uso es estrictamente interno y serán utilizados por los administradores y propietarios para juzgar y evaluar el desarrollo de la entidad a la luz de las políticas, metas u objetivos preestablecidos por la gerencia de la empresa.


3. CONTABILIDAD DE COSTOS:

Es una rama importante de la contabilidad financiera, que implanta e impulsada por las empresas industriales, permite conocer el costo de producción de sus productos, así como el costo de ventas de tales artículos y fundamentalmente la determinación de los costos unitarios: es decir, el costo de cada unidad de producción, mediante el adecuado control de sus elementos: la materia prima, la mano de obra y los costos indirectos de fabricación.


4. CONTABILIDAD FISCAL:

Comprende el registro y la preparación de informes tendientes a la presentación de declaraciones y el pago de impuestos. Es importante señalar que por las diferencias entre las leyes fiscales y los principios contables, la contabilidad financiera en ocasiones difiere de la contabilidad fiscal, pero esto no debe ser una barrera para llevar en la empresa un sistema interno de la contabilidad financiera y de igual manera establecer un adecuado registro fiscal.


5. CONTABILIDAD PUBLICA:

Incluye tanto la contabilidad llevada por las empresas del sector público de manera interna como la contabilidad nacional, en la cual se resume todas las actividades del país, incluyendo sus ingresos y sus gastos.

martes, 10 de noviembre de 2009

Contabilidad


La contabilidad es un medio a traves del cual diversos interesados pueden medir, evaluar y seguir el progreso, estancamiento o retroceso en la situacion financiera de las entidades, a partir de la lectura de los datos economicos y financieros de naturaleza cuantitativa, recolectados, transformados y resumidos en informes denominados Estados Financieros, los cuales, en funcion de su utilidad y confiabilidad permiten tomar decisiones relacioandas con dichas empresas.


OBJETIVOS BASICOS DE LA INFORMACION CONTABLE



  1. Conocer y Demostrar los recursos controlados por un ente economico, las obligaciones que tenga de transferir recursos a otros entes, los cambios que hubieran experimentado tales recursos y resultados obtenidos en el periodo.

  2. Predecir flujos de efectivo

  3. Apoya a los administradores en la toma de planeacion, organizacion y direccion de los negocios

  4. Tomar decisiones en materia de inversiones y creditos

  5. Evaluar la gestion de los administradores del ente economico

  6. Ejercer control sobre las operaciones del ente economico

  7. Fundamentar la determinacion de cargas tributarias, precios y tarifas

  8. Ayudar a la conformacion de la informacion de la estadistica nacional

  9. Contribuir a la evaluacion del beneficio o impacto social de la actividad economica que un ente representa para la comunidad